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RE: [aymara] "me hablamos" (el uso de los pronombres en aymara)



En el "Curso de aymara paceño" Yapita considera 9 formas transicionales y
ninguna de ellas es 1->1, 2->2 o 4->4. La única forma transicional, de este
tipo, considerada es la 3->3. De manera que parece que los casos 1->1, 2->2, y
4->4 son necesariamente reflexivos.


> En efecto, aunque es una frase reflexiva, en principio yo buscaba frases
> aymaras no reflexivas. Sí me entendiste bien Jorge!
> El castellano tiene la particularidad de construir mediante los mismos
> pronombres las frases reflexivas y las transitivas (pero eso no sucede
> en todas las lenguas del mundo):
> 
> (1) yo te lavo      [transitivas]
>      tu me lavas
> (2) yo me lavo    [reflexiva]
>      tu te lavas
> 
Ahí yo tendría un pregunta. En matematica para establecer una relacion de
equivalencia entre los elementos de un conjunto se busca que estos gozen de 
tres PROPIEDADES: reflexiva, transitiva y simétrica, bajo esta relación. Aquí es
clara la diferencia entre las propiedades reflexiva y transitiva, pues la
primera envuelve 1 (un) elemento mientras que la segunda envuelve 3(tres)
elementos, la transición es efectuada usando un elemento intermediario.

Pero me parece que en el caso gramatical no es tan clara la diferencia entre 
frases reflexivas y transitivas. Disculpen mi ATREVIMIENTO, pero no se puede
considerar las frases reflexivas como un caso particular de las transitivas? 


> Otras lenguas como el náhualt (azteca) moderno no lo hacen
así, y en cambio > utilizan pronombres diferentes según sean acciones
transitivas o reflexivas: > 
> (1) ni.mits.altia  [transitivas]
>      ti.nech.altia
> (2) ni.mo.altia   [reflexivas]
>      ti.mo.altia
>
> Así que lo que me gustaría saber son dos cosas:
> a) Trata diferente el aymara las construcciones reflexivas (1) de las (2)
> tal como hace el náhuatl o las trata de la misma manera tal como hace el
> castellano?
> b) Dejando las frases reflexivas, pueden decirse en aymara cosas como "me
> hablamos", "te véis", "os ves", ... en otras palabras hay restricciones en
> el uso de un pronombre sujeto y objeto en la misma persona (al margen de las
> reflexivas)?
> 
> (3) ya nos veo en la calle
>      nos veo reflejados en el agua
> 
> Creo que una traducción de (1), (2) y (3) al aymara y alguna explicación al
> respecto aclararían que estoy tratando de ver.
> 
> Un muy cordial saludo a todo el mundo!
> 
> __________________________
> > Hay algo raro en las formas marcado con asterisco verdad?
> > La primera de ellas puede entenderse como reflexivo, pero la
> > segunda para muchos hablanes es incorrecta. El problema
> > está en que en castellano como en muchas otras lenguas no
> > se permite que el sujeto y el objeto pertenezcan a la misma
> > persona (si esta es la 1ª o 2ª persona) como en:
> > "me hablamos", "te veis", "os ves" ... Eso es lo que yo llamo
> > una restricción pronominal.
> >
> > Pues bien, quería preguntarles qué sucede en aymara con
> > sus cuatro personas:
> >
> > 1   naya        nayanaka
> > 12 jiwasa      jiwasanaka
> > 2   jupa         jupanaka
> > 3   juma        jumanaka
> >
> > Puede emplearse [en aymara] un sujeto en 1ª persona o en 12ª persona y
> cuyo
> > objeto (paciente que sufre la acción) sea una 2ª persona ?
> > Se les ocurren restricciones pronominales como las qu eyo les mostré
> > para el castellano?